BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LOS PROGRAMAS DE INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN DE LA IAT MARINO MARÍTIMA.
PRIMERO. - LA IAT MARINO-MARÍTIMA: OBJETO Y FINALIDAD
- Las presentes Bases Generales tienen por objeto regular la participación y los aspectos comunes de las convocatorias a los programas de incubación y aceleración, dirigidos a iniciativas y proyectos empresariales.
- La Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A.U., en adelante SPEGC, como entidad mercantil participada totalmente por el Cabildo de Gran Canaria, tiene como principal objetivo promocionar y fomentar los mecanismos, así como realizar las actividades, que contribuyan al desarrollo y expansión de la isla de Gran Canaria y/o sus empresas, promoviendo a tales efectos distintas iniciativas de alcance local, insular, regional y nacional.
- La Incubadora de Alta Tecnología en Analítica de datos e Inteligencia Artificial aplicadas al entorno marino-marítimo, en adelante “IAT Marino-marítima”, es una iniciativa de la SPEGC, de alcance nacional, cofinanciada por la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa, en adelante INCYDE. Este Proyecto, está promovido por la SPEGC y financiado por INCYDE, con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 85% en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 “Una manera de hacer Europa”.
- La IAT Marino-marítima se constituye como iniciativa propia de la SPEGC y su fin es apoyar las iniciativas empresariales que basen sus negocios y/o proyectos en analítica de datos, Inteligencia Artificial u otras tecnologías conectadas (Blockchain, IoT, robótica, sensorización, vehículos autónomos, gemelos digitales, visión artificial, la realidad aumentada y virtual, fabricación aditivia, etc.), propiciando un entorno apropiado para generar soluciones y servicios orientadas a la demanda de los sectores marino-marítimo a niveles local, nacional e internacional.
- La SPEGC, mediante contrato de servicio especializado suscrito con la UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, con la denominación de “ACCENTURE, S.L., Sociedad Unipersonal – YELLOW MARKETING Y PUBLICIDAD, S.L, Unión Temporal de Empresas”, abreviadamente “UTE ACCENTURE – YELLOW”, para la puesta en marcha, impulso y posicionamiento de la IAT Marino-marítima, trabaja con Accenture, siendo ésta última la entidad responsable en desarrollar la gestión y la metodología de los Programas de incubación y aceleración.
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La IAT Marino-marítima proporciona los servicios que se enumeran a continuación:
- Programas integrados diseñados a medida de cada proyecto/emprendedor: Formación, asesoramiento específico y acompañamiento integral por parte de profesionales y expertos en la incubación y/o aceleración de negocios. Talleres grupales de formación técnica especializada.
- Consultorías individualizadas sobre negocio, internacionalización y acceso a instrumentos de crédito y financiación; asesoramiento legal y tributario; asesoramiento en financiación de la I+D y consultoría tecnológica.
- Oportunidad de testeo y experimentación en entornos reales
- Servicio de computación en la nube
- Fomento de la colaboración entre los emprendedores de los diferentes proyectos, empresas y entidades colaboradoras
- Participación en eventos de visibilización y promoción
SEGUNDO. - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Programa Early-stage (Incubación):
Los participantes serán emprendedores, con nuevas ideas/proyectos en etapas incipientes o pre-comerciales, hasta un TRL 7, que empleen en su modelo de negocio IA, explotación de datos u otras tecnologías conectadas (Blockchain, IoT, robótica, sensorización, gemelos digitales, etc.) aplicables al entorno marino-marítimo con ámbito nacional, regional o local, siempre que sean:
- Personas físicas que no desarrollen actividad económica
- Personas físicas que realicen o desarrollen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado
- Equipos formados por cualesquiera de las personas físicas mencionadas en los puntos anteriores
- Personas jurídicas que cumplan las condiciones para ser consideradas micropymes o pymes. Quedan excluidas por tanto las sociedades civiles y las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro.
Programa Growth (Aceleración):
Los participantes serán emprendedores con un producto o servicio en fase comercial, desde un TRL 8, que empleen en su modelo de negocio IA, explotación de datos u otras tecnologías conectadas (Blockchain, IoT, robótica, etc.) aplicables al entorno marino-marítimo con ámbito nacional, regional o local siempre que sean:
- Personas físicas que realicen o desarrollen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado
- Personas jurídicas que cumplan las condiciones para ser consideradas micropymes o pymes. Quedan excluidas por tanto las sociedades civiles y las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro.
TERCERO. - CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS
Los participantes seleccionados para estos programas se beneficiarán de los siguientes servicios proporcionados por ACCENTURE:
- Formación conceptuada y estructurada por Accenture, basada en la Metodología Disciplined Entrepreneurship del MIT Entrepreneurship Forum.
- Asesoramiento (Mentoría/consultoría). Cada participante dispondrá de un máximo de treinta horas de mentoría o consultoría individualizada durante el programa, en cualquiera de las siguientes áreas: negocio, internacionalización y acceso a instrumentos de crédito y financiación; asesoramiento legal y tributario; asesoramiento en financiación de la I+D y consultoría tecnológica.
- Seguimiento y acompañamiento durante el proceso de solicitud y celebración del programa. Cada proyecto participante recibirá seguimiento y acompañamiento de su Mentor Principal durante el desarrollo del programa para proporcionarle un itinerario personalizado.
- Eventos relacionados con el programa: Apertura del Programa, con presentación de los proyectos participantes y Demo Day, al finalizar el programa, ambos en la sede de la IAT Marino-marítima en Gran Canaria. Estos eventos se celebrarán presencialmente; los gastos de desplazamiento de los participantes quedarán cubiertos por el programa.
Contenido de los programas de incubación y aceleración:
- Programa Early-stage (Incubación): trabajará la creación de una primera versión de producto (producto mínimo viable o MVP, por sus siglas en inglés), su validación en el mercado e implementación del modelo de negocio.
- Programa Growth (Aceleración): trabajará la expansión y escalado para llevar el proyecto al siguiente nivel.
CUARTO. - CALENDARIO ORIENTATIVO DE LOS PROGRAMAS
El calendario de la primera convocatoria para ambos programas se ajustará a los siguientes plazos:
- Publicación de las Bases Generales de acceso a los programas de incubación y aceleración y apertura de inscripciones: 15 de febrero de 2023
- Plazo de solicitud: hasta el 1 de marzo de 2023
- Comunicación de los proyectos seleccionados: 10 de marzo de 2023
- Inicio de los Programas: 17 de marzo de 2023 (Evento presencial)
QUINTO. - SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN
La solicitud de participación se realizará exclusivamente online a través del formulario de inscripción disponible en https://zfrmz.eu/JSNH4KaeIFYzmBNzaoIq
Asimismo, las notificaciones se realizarán vía correo electrónico a la dirección señalada al efecto en la solicitud.
La SPEGC se reserva la facultad para interpretar y resolver las dudas que puedan suscitar las presentes bases, que podrán ser objeto de modificación, suspensión o cancelación del Programa, con la correspondiente notificación a los participantes.
SEXTO. - CRITERIOS DE VALORACIÓN Y SELECCIÓN DE PARTICIPANTES
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, todas las candidaturas enviadas serán evaluadas teniendo en cuenta los siguientes criterios de valoración:
- Propuesta de valor y singularidad del proyecto
- Equipo promotor
- Aplicabilidad al entorno marino-marítimo de Canarias
La selección de los participantes se realizará mediante el siguiente proceso:
- Valoración y selección de proyectos por el Comité de Evaluación designado por la SPEGC
- Comunicación de los seleccionados
La valoración de los proyectos podrá llevar consigo la realización de una entrevista; así mismo, la SPEGC se reserva el derecho a solicitar aclaraciones en relación a la información y/o documentación aportada por el solicitante
En cada programa podrán participar un máximo de 15 proyectos por convocatoria
SÉPTIMO. - LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
La presentación de la solicitud implica la aceptación por parte del solicitante de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases. Para lo no establecido en las mismas, será de aplicación las normas de derecho privado.
Los participantes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sometiéndose para la resolución de cualquier conflicto o controversia que pudiera derivarse del Programa, a los juzgados y tribunales de Las Palmas de Gran Canaria
APÉNDICE I.- DEFINICIONES
Con la finalidad de facilitar la interpretación uniforme de las presentes bases, se incorpora a continuación un glosario de términos, de forma que, a los efectos de este documento, se entiende por:
- Incubadora o IAT Marino-marítima: ambas expresiones hacen referencia a la “Incubadora de Alta Tecnología en analítica de datos e Inteligencia Artificial aplicadas al entorno marino-marítimo de la SPEGC”.
- Programas de incubación o aceleración: conjunto de servicios, acciones y actividades objeto de esta convocatoria que se desarrollan para que los participantes en la misma puedan lanzar su proyecto/empresa o acelerarlo, en función de su estado de madurez. Incluyen actividades formativas grupales, servicios de consultoría especializada y mentorías individualizadas.
- Ámbitos de negocio y tecnológicos de especialización de la incubadora: desarrollo de proyectos o aplicación de tecnologías y/o soluciones basadas en analítica de datos, Inteligencia Artificial u otras tecnologías conectadas (Blockchain, IoT, robótica, sensorización, gemelos digitales, etc,) en el contexto marino-marítimo.
- Emprendedor: personas físicas, realicen o no una actividad económica, y personas jurídicas, que tengan en cualquiera de los casos una idea de negocio y voluntad de desarrollarla.
- Empresas incubadas o aceleradas: pymes, micropymes y/o emprendedores que reciben los servicios de la IAT Marino-marítima.
- Pymes y micropymes: Son pymes las empresas (entidades que ejercen una actividad económica), con menos de 250 personas empleadas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o su balance general anual no excede de 43 millones de euros. Son micropymes aquellas empresas con menos de 10 personas empleadas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 2 millones de euros o su balance general anual no excede de 2 millones de euros. Un autónomo podrá ser considerado pyme o micropyme siempre que cumpla los criterios del número de empleados e importes financieros señalados anteriormente y ejerza actividad económica directa. (Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión)
- Empresas y entidades colaboradoras: empresas y entidades públicas o privadas que cooperan con la IAT Marino-marítima y/o con sus empresas incubadas, atendiendo a una serie de criterios de selección transparentes.
- Proyecto en cooperación: proyecto en el que participa al menos una empresa incubada con, al menos, una empresa/entidad colaboradora; dos empresas incubadas; o dos empresas o entidades colaboradoras si al menos una de ellas es una pyme.
- Proyectos en fase idea o pre-comercial: aquellos proyectos en los que surge la idea y todavía no existe un producto mínimo viable o no se cuenta con un modelo de negocio definido. A efectos de estas bases, abarca de TRL 1 a TRL 7, ambos inclusive. Serán beneficiarios del programa Early-stage.
- Proyectos en fase comercial: aquellos que cuentan con un producto mínimo viable y necesitan validar el modelo de negocio con clientes reales para empezar a traccionar; es decir, a comprobar que el producto funciona en el mercado. A efectos de esta convocatoria, abarca a proyectos con un TRL 8 o superior. Serán beneficiarios del programa Growth.
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TRL (Technology Readiness Levels) o Niveles de Madurez Tecnológica: Indican el nivel de desarrollo de una tecnología y su aplicabilidad al mercado
- TRL 1: Principios básicos observados e informados
- TRL 2: Investigación aplicada: se formula el concepto de la tecnología y/o su aplicación
- TRL 3: Prueba de concepto analítica y experimental de función crítica y / o característica
- TRL 4: Validación de componentes y/o sistemas en entornos de laboratorio
- TRL 5: Escala de laboratorio, validación de sistema similar en un entorno relevante
- TRL 6: Ingeniería/escala piloto, validación de sistema similar en un entorno relevante
- TRL 7: Sistema similar a gran escala demostrado en un entorno relevante
- TRL 8: Sistema real completado y calificado a través de prueba y demostración
- TRL 9: Sistema listo para su uso a escala completa
APÉNDICE II: OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA
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Los participantes del programa se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones
- Participar activamente en las distintas actividades que integran el contenido de los programas, a través de cualquier miembro del equipo promotor del proyecto
- Facilitar la información necesaria para realizar el seguimiento del apoyo y los servicios prestados desde el programa
- Los participantes dan su consentimiento y autorizan a que la SPEGC, a través de sus perfiles de comunicación, incluida la IAT Marino-marítima, comunique y difunda su participación en el programa.
- Los participantes están obligados a la firma de los correspondientes Anexos relativos a la recepción de los servicios prestados por el programa, en cualquier formato y tiempo
- Los participantes deberán cumplir con el mínimo de participación establecido por el coordinador del programa.
APÉNDICE III: PROTECCIÓN DE DATOS
- Los participantes del programa quedan informados y consienten expresamente e inequívocamente que los datos de carácter personal que proporciona a la IAT Marino-marítima serán incorporados a la base de datos de la SPEGC para tratarlos con la finalidad mencionada en el presente documento. Cumpliendo en todo momento con las medidas de seguridad exigidas por el RGPD y conservando la documentación sólo por el tiempo imprescindible para el cumplimiento de los fines mencionados
- Los participantes declaran y garantizan a la IAT Marino-marítima que todos los datos de carácter personal son veraces y se corresponden con su identidad.
- Los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, oposición o cualquier otro que fuera aplicable según el Reglamento General de Protección de Datos UE (2016/679), mediante escrito dirigido a la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria (Avenida de la Feria, 1 C.P.35012 Las Palmas de Gran Canaria - Islas Canarias, España, correo electrónico lopd@spegc.org)
- Se garantizará la confidencialidad del proyecto y datos del emprendedor, pudiendo este último solicitar mediante correo electrónico dirigido a iatmarinomaritima@spegc.org, si lo considera necesario, la firma de un acuerdo de confidencialidad (NDA) específico.